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Construcción de presa El Zapotillo desobedece a Suprema Corte

Publicado por
Redacción

 

La construcción de la presa El Zapotillo –impulsada por el gobierno federal, la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y los  gobiernos de los estados de Jalisco y Guanajuato– continúa pese a la Sentencia 93/2012, emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que obliga a las autoridades y a las constructoras a no rebasar la altura de la cortina más allá de 80 metros, definida en el proyecto original de 2006.
Hace más de un mes que el gobierno federal, la Conagua y el Gobierno del Estado de Jalisco hicieron pública, a través de un comunicado de presa, la decisión de construir la Presa el Zapotillo a 105 metros de altura. Argumentaron su determinación en aspectos “técnicos” y de “seguridad” y con ello la “inviabilidad para preservar Temacapulín aún con una cortina de 80 metros”.
En conferencia de prensa, los integrantes del Comité Salvemos Temaca: Ema Juárez García y María de Jesús García, del Comité de Hijos Ausentes de Temacapaulín; Gabriel Espinoza, vocero de Temacapulín; Claudia Gómez Godoy, del Colectivo de Abogados, y Libertad Díaz, del Instituto México para el Desarrollo Comunitario, AC, denunciaron que las personas de comunidades afectadas por El Zapotillo son vulneradas en sus derechos humanos.
Entre las quejas se encuentra que la Conagua, a través de José Elías Chedid Abraham, director General del Organismo de Cuenca Lerma Santiago Pacífico, retuvo y ocultó por casi 6 meses el Dictamen realizado por el Comité Técnico de Operación de Obras Hidráulicas del organismo. El  estudio sustenta la decisión para elevar la cortina del proyecto a 105 metros de altura y con ello desaparecer una región milenaria, sus comunidades y su cultura.
Informaron que el Dictamen es superficial y carece de sustento técnico; no incluyó la seguridad de las personas de Temacapulín, argumento principal utilizado en los comunicados oficiales del Gobierno de Jalisco para descartar la presa a 80 metros.
Con estas acciones, la Conagua y del Gobierno de Jalisco no dan cumplimiento a la sentencia de la controversia constitucional 93/2012, se afectan los derechos individuales y colectivos de Temacapulín, Acasico y Palmarejo, inundando más de 4 mil 500 hectáreas de tierras fértiles, el patrimonio cultural, ambiental y familiar de cerca de 45 mil personas, que de manera directa o indirecta verán afectados sus derechos territoriales, su derecho a la vivienda y a no ser desplazados, su soberanía alimentaria, su producción agrícola y su acceso al agua, entre otros, sin que las autoridades hasta el momento hayan informado y consultado debidamente y se haya dado la oportunidad de presentar y analizar alternativas viables y sustentables que no vulneren los derechos.

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